viernes, 23 de octubre de 2009

¿Cómo Hacer Respetar el Derecho a la Protesta?


CARTILLA PARA GARANTIZAR LA LEGALIDAD DEL DERECHO A LA PROTESTA Y LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD FISICA DEL LOS PARTICIPANTES

Dr: Jorge w. Tacuri Aragón

ANTES DEL INICIO DE LA MEDIDA:

-  La medida de lucha deberá evidenciar claramente los derechos vulnerados que obligan a la población a organizarse para ejercer sus derechos de libertad de expresión y de reunión.
-  Evitar que en las actas donde la población y sus dirigentes plasman sus decisiones aparezcan aquellos acuerdos relacionados con tomas de instalaciones, bloqueos de carreteras y otras medidas de lucha que puedan considerarse delictivas.

-  Procurar que la población que participa en las protestas o manifestaciones conozca a cabalidad la plataforma de lucha, para lo cual ésta debe ser difundida a través de todos los medios posibles.
-  Todos los documentos oficiales (como volantes, comunicados, afiches, convocatorias y otros) deben ser firmados con el nombre de las organizaciones que los suscriben; en ningún caso deben aparecer nombres de personas.
-  De preferencia, cuando se pretenda realizar una marcha o movilización pacífica, se deben solicitar con 24 horas de anticipación como máximo, las garantías policiales a la gobernación correspondiente. Éstas deben ser otorgadas obligatoriamente por estas entidades, dado que no se está solicitando una autorización para efectuar tal acción sino que se está cumpliendo con dar el aviso respectivo. Por este motivo, la respuesta de las autoridades no puede ser negativa, salvo por comprobadas razones de seguridad o sanidad pública.
-  Es indispensable formar comités de seguridad integrados por los propios manifestantes para mantener el orden del caso durante el desarrollo de la marcha y, asimismo, para identificar a los posibles infiltrados o saboteadores profesionales que busquen provocar enfrentamientos con las FF. AA. y la Policía o generar daños a terceros.

DURANTE EL DESARROLLO DE LA MEDIDA:

-  Tener siempre a la mano cámaras fotográficas y aparatos audiovisuales para registrar las posibles agresiones, abusos y detenciones contra los manifestantes, así como para lograr la identificación de los verdaderos agresores. Todo ello con la finalidad de demostrar que la medida de lucha ha sido realmente pacífica.
-  De producirse la detención de algunos manifestantes, se deberá buscar inmediatamente la asesoría legal respectiva, a fin de conocer a la brevedad posible el destino y situación de los detenidos.
-  Debe evitarse portar o recurrir a cualquier objeto contundente (como palos y piedras), así como a cualquier instrumento que pudiera considerarse como arma blanca (cuchillo) o de fuego (pístola), durante el desarrollo de la medida.

DESPUÉS DE CULMINADA LA MEDIDA DE LUCHA:

En caso de los ciudadanos detenidos:

-  Deben exigir a la policía que se les informen por escrito las razones de su detención.
-  No deben permanecer por más de 24 horas sin ser puestos disposición del juez; en caso contrario, se podrá presentar de inmediato un hábeas corpus. (Cabe señalar que, en el caso de los detenidos por los delitos de terrorismo y narcotráfico dicho plazo se puede extender hasta los 15 días).
-  Tienen derecho a ser asistidos por un abogado de su elección durante sus declaraciones, así como durante todas las demás diligencias que se realicen. Es importante no admitir la presencia de los abogados de oficio (del Estado).
-  Deben brindar cualquier manifestación con la presencia del fiscal y de su abogado.
-  Es preferible guardar silencio durante el interrogatorio policial, ya que en esos momentos aún no se cuenta con las estrategias de defensa legal debidamente definidas.
-  Deben exigir la lectura de todos los documentos en los que se les exige firmar; de no estar de acuerdo con su contenido, no deben firmarlos de ninguna manera.
-  En caso de sufrir agresiones físicas deben exigir que se les derive a un médico legista para que realice el examen respectivo.
-  Las mujeres detenidas deben exigir ser revisadas por mujeres, para evitar cualquier forma de abuso policial.

En caso de los ciudadanos denunciados y/o procesados:

-  Debe concurrirse a las citaciones de la policía siempre y cuando se cuente con un abogado y con una estrategia de defensa legal conjunta debidamente coordinada con otros denunciados. Cabe señalar que la no asistencia a estas diligencias no genera ningún problema judicial.
-  La estrategia de defensa legal debe estar bien definida desde el inicio de las investigaciones, pues de ella dependerá todo el proceso judicial a seguir.
-  Es recomendable que la estrategia de defensa se refiera al hecho de que la medida ha sido producto del accionar consciente y decidido del pueblo, para lo cual se organizó y convocó a la movilización o protesta por la defensa de sus territorios comunales, el agua y otros recursos naturales, además de lograr que se respete su derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.
-  El acompañamiento legal del abogado defensor debe ser permanente, lo que implica que éste realice el seguimiento constante al estado del expediente, además de procurar participar en todas las citaciones que se presenten..
-  Se debe preparar a los testigos favorables y otras personas que se crea conveniente a fin que declaren de manera acorde con la estrategia de defensa establecida, dado que la más mínima contradicción puede ser utilizada deliberadamente en contra de los procesados.
-  Es necesario que los denunciados y/o procesados otorguen la importancia debida a los procesos que se les sigue, esto es, que estén pendientes de cómo se desarrolla su proceso, a fin de evitar sean sentenciados injustamente.

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