Derechos de nuestros niños indígenas violentados por la
fuerza pública
La Consejería de Mujer de la Onic y su Consejo de Gobierno
condenan la violación sexual contra una de nuestras niñas por parte de un soldado
del Batallón Santa Bárbara. Repudiamos este acto infame que viola la dignidad
humana los derechos colectivos de los pueblos y el Derecho Internacional
Humanitario.
La Consejería de Mujer Familia y Generación de la Onic
conoció un caso depravado e infame de violencia sexual contra una de nuestras
mujeres por parte de un militar. Los hechos sucedieron en Paramito comunidad
Wiwa del municipio San Juan del César en la Guajira.
El Pueblo y la organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua
Tayrona denunciaron que un militar del Batallón Santa Bárbara, adscrito a la X
Brigada, violó a una niñita de apenas 13 años e intimidó a toda su familia.
Los hechos sucedieron el pasado 7 de noviembre y apenas hoy
tuvimos conocimiento que el Ministerio de Defensa pidió a la Fiscalía abrir la
investigación. La Consejería de Mujer, Familia y Generación de la Onic denunció
el hecho ante el gobierno nacional en el marco de la Mesa Nacional de
Concertación que se realiza en Bogotá los días 12 y 13 de noviembre.
Lamentamos y repudiamos que se presenten actos como este que
además de ser reiterativos, son sistemáticos y se presentan en diferentes
regiones del país. Por eso hoy como Onic y unidos a nuestras autoridades
tradicionales presentes en la Mesa nacional de Concertación -por lo menos un
centenar de autoridades indígenas de viarias regionales-, a los ex
constituyentes indígenas del 91, la Defensoría del Pueblo, la Personería de
Bogotá y congresistas indígenas condenamos el acto infame y pedimos al gobierno
e instancias judiciales investigar y sancionar de manera drástica al violador y
hacer un cuestionamiento ético y sanción a la Fuerza Pública por violar los
derechos humanos de la población colombiana cuyo propósito fundamental es
proteger y garantizar que se cumpla.
En el mismo sentido se le exigió al gobierno tomar medidas
preventivas para evitar que se presenten nuevamente estos actos depravados,
pues como Onic consideramos y entendemos que estos hechos están encaminados a
destruir y exterminar nuestras comunidades y pueblos.
Exigimos a las instituciones del gobierno y fuerzas
militares respeto a la dignidad humana de nuestras mujeres y niñas y de todos
nuestros hermanos indígenas; garantizar el respeto a los derechos fundamentales
y colectivos de nuestros pueblos y no involucrar a nuestras comunidades en sus
actividades.
De Igual manera la Onic rechazó la actitud despectiva de un
funcionario del gobierno que una vez conocido el caso aseguró que eso era un
caso “de historia patria”, lo cual la comunidad indígena presente cuestiona por
ser un acto de irrespeto y malévolo no sólo con los presentes sino con la
víctima y su familia.
A continuación presentamos el comunicado de denuncia de la
Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona, OWYBT.
Hechos:
1º Hacia las 4:00 p.m. del siete de noviembre de 2009 en la finca conocida como
Paramito comunidad Wiwa de La Peña de los Indios, municipio San Juan del César,
Guajira, jurisdicción del resguardo Kogui, Malayo y Arhuaco un soldado
perteneciente al Batallón Santa Bárbara adscrito a la X Brigada Blindada del
Ejército Nacional de Colombia, al parecer bajo los efectos de sustancias
alucinógenas, abusó sexualmente de una niña Wiwa tradicional de tan sólo 13
años de edad, quien venía siendo formada en los conocimientos y saberes
requeridos para ser una Saga (mujer de conocimiento o mujer medicina, como
suele llamar en otras latitudes).
2º Según refiere Sebastián Mojica, Comisario Mayor del
pueblo Wiwa y quien presenció el desafortunado hecho, el soldado del Batallón
Santa Bárbara de manera agresiva le preguntó por la ubicación de las tropas y
luego indagó por el paradero de la niña Wiwa. Según se pudo establecer el
soldado venía solo, con un pasamontañas, descamisado y con el torso
descubierto, con la reata puesta -el casco amarrado a
ésta- y portando un arma de largo alcance la cual procedió a desasegurar para
posteriormente ir en busca de la niña Wiwa, la cual encontró cerca del lugar
junto a la mamá y tres hermanos.
3º Una vez el soldado avistó a la niña Wiwa, encañonó a la
mamá de ella y mientras realizaba un disparo la tomó por la fuerza y la
arrastró hacia un rastrojo donde la despojó de la ropa interior, se bajó los
pantalones y procedió a abusar sexualmente de ella, lo cual hubiera podido ser
peor de no ser porque el padre y otros familiares llegaron hasta el lugar y
lograron quitarlo de encima de la niña. El soldado al verse descubierto golpeó
fuertemente a la niña y mientras huía realizó al menos dos disparos.
4º Los testigos refieren que Sebastián Mojica acudió a una
patrulla de soldados del Batallón Santa Bárbara que se encontraba muy cerca de
la comunidad para informar lo que estaba sucediendo y solicitar ayuda, pero al
principio los soldados hicieron caso omiso del ruego de sus palabras.
A no ser por la insistencia del Comisario Mayor los soldados
seguramente se hubieran retirado y el soldado hubiera podido causar una
tragedia, al igual que la ocurrida en el corregimiento de Cuestecitas (Albania)
donde apenas hacía unos días, el 1 de noviembre de 2009, Luis Eduardo Julio
Pájaro, un iracundo soldado del Batallón Gustavo Matamoros D´acosta, asesinó en
una fiesta a dos personas e hirió a cinco más. Afortunadamente la patrulla
reaccionó y neutralizó al soldado agresor.
5º La comunidad de La Peña de los Indios lo mismo que las
comunidades Wiwa cercanas se encuentran alarmadas y atemorizadas por el
repudiable comportamiento de este soldado, el que sumado a los recurrentes
rumores que refieren que este tipo de hechos también se han presentado en otros
pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, sobre todo en lo que
respecta a sus comunidades más tradicionales, ha terminado por resquebrajar y
socavar la confianza que el Ejército Nacional de Colombia venía construyendo
con el pueblo Wiwa y con los otros pueblos indígenas del macizo serrano.
6º Con el propósito de analizar este isuceso, entre las 10:00 a.m y las 12:00 m
del 09 de noviembre de 2009 tuvo lugar en la comunidad Wiwa de La Peña de los
Indios una reunión entre, por una parte, autoridades del pueblo Wiwa y
familiares de la víctima y, por la otra, delegados del Batallón Santa Bárbara,
al frente de la cual estaba el capitán Álvaro Gómez, en la que los militares si
bien se negaron a dar información sobre la identidad del soldado agresor,
reconocieron que hacía parte de esa unidad.
En principio, los militares, se comprometieron a cubrir los
gastos inherentes al desplazamiento de la niña Wiwa y de sus familiares hasta
la cabecera municipal de San Juan del César a fin de elevar las denuncias ante
las autoridades competentes y la realización por parte del Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses del respectivo examen médico de la niña
Wiwa, lo cual a todas luces es insuficiente.
En mérito de lo anteriormente expuesto, las autoridades del
pueblo Wiwa y la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona OWYBT,
demandan lo siguiente:
- Dado que el abuso
sexual contra la niña Wiwa de 13 años configura sin duda alguna una flagrante
violación al Derecho Internacional Humanitario (DIH), el soldado victimario
debe ser ejemplarmente sancionado y la niña Wiwa, su familia y la comunidad
deben ser adecuadamente resarcidas por los daños morales (culturales y
psicológicos), daños emergentes, daños físicos y el lucro cesante, que se hayan
ocasionado, máxime si se tiene presente que se echó a perder un prolongado y
delicado proceso de formación tradicional de una futura Saga.
- En razón a que la
conducta punible fue cometida en territorio del pueblo Wiwa (resguardo Kogui,
Malayo y Arhuaco) y en contra de una niña Wiwa, se solicita competencia sobre
el caso, para que el sistema jurídico del pueblo Wiwa y sus dispositivos
tradicionales tengan conocimiento de los procesos que se adelantan contra el
soldado agresor, el cual debe ser entregado a las autoridades del pueblo Wiwa
durante un determinado tiempo para que sea juzgado y restablecida así la
armonía que abruptamente ha sido quebrada.
- Se solicita que en el
inmediato plazo posible se conforme una comisión mixta e interinstitucional que
investigue detalladamente las alusiones que se vienen haciendo en el sentido
que mujeres Kogui y Wiwa de comunidades tradicionales han sido violadas por
militares adscritos a los batallones de la Décima Brigada Blindada.
- Finalmente la OWYBT, en
el marco de las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), pone en conocimiento de este organismo interamericano
la ocurrencia de este execrable delito, para que se le brinde seguimiento a las
propuestas que aquí se han planteado.
Dado en Valledupar (César), a los diez (10) días del mes de
noviembre del año dos mil nueve (2009).
Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona, OWYBT
- Maestro en Derechos Humamos, por la Universidad Iberoamericana de México.
- Lic. en Ciencias de la Comunicación, por la Universidad Nacional del Altiplano - Puno.
- Diploma en Políticas Públicas, por la Universidad Complutense de Madrid.
- Especialista en Derecho de Pueblos Indígenas.
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